ACTO
DE CONTRICIÓN
¡Oh,
Dios Omnipotente!, arrepentido por las muchas culpas que he cometido
contra tu divina majestad en este día, vengo a solicitar de tu
misericordia infinita tu generoso perdón. Por la valiosa intercesión
del Santísimo Patriarca Señor San José te suplico humildemente que
me concedas nuevas gracias para servirte y amarte, a fin de que
después de haber combatido denodadamente en esta vida, tenga la
dicha de alcanzar el galardón eterno a la hora de la muerte. Así
sea.
CATECISMO
DE SAN JOSÉ
19.
¿Qué consecuencia legítima se podrá deducir del verdadero
matrimonio entre José y María?
Si
la unión entre José y María ha sido un verdadero matrimonio,
podemos deducir dos consecuencias muy gloriosas para el santo
Patriarca. La primera es que san José, desde su nacimiento, ha
debido hallarse colmado de gracias y de méritos: yen efecto, si
María ha sido saludada llena de gracia, y si de sus castas entrañas
debía nacer el autor de ella, ¿no es evidente que san José ha
debido estar colmado de gracia? La segunda es, que san José ha
debido ser y fue siempre virgen; si María en efecto, no obstante su
maternidad, no ha cesado jamás de ser virgen; si además su
virginidad atrajo a Jesucristo a sus castísimas entrañas: si el
Salvador ha amado a san Juan con un amor de predilección y le confió
su santa madre, porque era virgen, ¿no debemos concluir también y
creer, en contra de lo que ciertos autores dicen, que san José
siempre fue virgen? Sí, podemos decirlo, porque el cielo le ha
escogido para ser el custodio de la virginidad de María y el padre
adoptivo de Jesús.
Aquí
se rezan 7 Padre Nuestros y 7 Ave Marías en honor de los dolores y
gozos del Señor San José.
M
E M O R A R E
Acordaos,
¡oh castísimo esposo de la Virgen María, San José, mi amable
protector, que nunca se ha oído decir que ninguno de los que ha
invocado vuestra protección o implorado vuestros auxilios, hayan
quedado sin consuelo. Lleno de confianza en vuestro poder, llego a
vuestra presencia, y me recomiendo con fervor!
¡Ah!
No desdeñéis mis oraciones, oh vos, que habéis sido llamado
padre del Redentor, sino escuchadlas con benevolencia, y dignaos
recibirlas favorablemente.
Así
sea.
Trescientos
días de indulgencias (una vez por día) aplicables a los
difuntos. (Breve de N. S. P. el Papa León XIII.)
No hay comentarios.:
Publicar un comentario